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El nuevo derecho que puede cambiar tu pensión: así funciona el complemento de brecha de género

Durante años, el sistema de pensiones ha reflejado una realidad social desigual: la maternidad (y en general, la crianza de hijos) afectaba de forma directa a las carreras laborales y, con ello, al importe final de las pensiones, especialmente en el caso de las mujeres. 

Para corregir esta distorsión se creó una medida específica, conocida como complemento de brecha de género.

Sin embargo, una reciente resolución judicial ha ampliado el alcance de este beneficio: ahora también puede solicitarse en igualdad de condiciones por parte de los hombres. 

En Avantik, analizamos este cambio y explicamos quién puede pedirlo, qué implica y cómo gestionarlo paso a paso.

Una medida para compensar trayectorias laborales condicionadas por la crianza

Cuidar de los hijos implica, en muchos casos, renuncias profesionales: reducción de jornada, interrupciones en la vida laboral o simplemente un ritmo de crecimiento más lento en la carrera. Esto se traduce en menos cotizaciones y, por tanto, en pensiones más bajas.

Desde febrero de 2021, la Seguridad Social incorporó un complemento específico en la pensión contributiva, con el objetivo de equilibrar esa desventaja. Aunque inicialmente se dirigía solo a mujeres, la interpretación más reciente de los tribunales ha determinado que también los hombres deben tener acceso a esta medida sin requisitos adicionales.

El punto de inflexión: igualdad reconocida por los tribunales

El cambio vino de la mano del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que en mayo de 2025 declaró que exigir a los hombres una carga de prueba superior era una discriminación directa por razón de sexo

Semanas después, el Tribunal Supremo español adoptó ese criterio y estableció que cualquier persona que cumpla los requisitos básicos puede solicitar el complemento, sin necesidad de demostrar perjuicios adicionales.

Esto supone un antes y un después para muchos pensionistas varones a los que se les negó el complemento entre 2021 y 2025. A partir de ahora, solo hay que cumplir tres condiciones:

  • Tener derecho a una pensión contributiva (jubilación, incapacidad permanente o viudedad).

  • Haber tenido uno o más hijos, biológicos o adoptados.

  • Acceder a la pensión a partir del 4 de febrero de 2021.

¿Cuánto dinero representa?

El complemento de brecha de género no es simbólico: en 2025 equivale a 33,20 euros al mes por hijo, con un máximo de cuatro. Esto puede suponer hasta 132,80 euros mensuales adicionales en la pensión, o más de 1.500 euros anuales. El importe se actualiza cada año junto al resto de pensiones.

¿Qué ocurre si ya te lo denegaron?

El reconocimiento judicial de esta igualdad ha abierto la puerta a reclamaciones retroactivas. Si anteriormente solicitaste el complemento y fue rechazado porque no cumplías con exigencias que ahora han sido anuladas por los tribunales, puedes volver a presentarlo.

Además, puedes reclamar los atrasos desde el momento en que te correspondía haberlo cobrado, lo que puede significar una suma importante acumulada en tu favor.

Desde Avantik, te ayudamos a gestionarlo

Sabemos que navegar por el sistema de la Seguridad Social puede ser confuso. Por eso, en Avantik te ofrecemos un servicio completo de acompañamiento para reclamar el complemento de brecha de género:

  • Analizamos tu situación y verificamos si cumples los criterios.

  • Calculamos el importe que podrías percibir, incluidos los atrasos.

  • Preparamos la solicitud para presentarla ante el INSS.

  • Si fuera necesario, gestionamos también recursos administrativos o reclamaciones judiciales.

Cuanto antes se inicie el proceso, más rápido podrás acceder a tu complemento y asegurar los pagos retroactivos.

Confía en nuestro servicio de asesoría laboral en Jaén. Estamos para ayudarte.

Preguntas frecuentes sobre el complemento de brecha de género

Es una cantidad adicional que se suma a determinadas pensiones contributivas (jubilación, incapacidad permanente o viudedad) con el objetivo de compensar el impacto económico que suele generar la crianza de hijos. 

Esta situación ha afectado históricamente más a las mujeres, pero desde 2025, tanto hombres como mujeres pueden acceder a este complemento sin distinciones.

Cualquier persona que haya tenido al menos un hijo (por nacimiento o adopción), que perciba una pensión contributiva reconocida a partir del 4 de febrero de 2021. Ya no es necesario demostrar interrupciones laborales, pérdidas de ingresos ni reducciones de cotización: basta con cumplir los requisitos generales.

En 2025, el complemento asciende a 33,20 € mensuales por hijo, con un límite de cuatro hijos. Es decir, hasta 132,80 € al mes. Este importe se añade automáticamente al total de la pensión y se actualiza anualmente. No requiere gestiones especiales una vez concedido.

Sí. Si tu solicitud fue rechazada en base a los criterios anteriores (por ejemplo, por no justificar una reducción de cotización), ahora puedes volver a presentar la solicitud, y en su caso, iniciar una reclamación administrativa o judicial. También es posible reclamar los atrasos desde la fecha en que debiste empezar a cobrarlo.

Puedes solicitar su inclusión incluso si ya estás jubilado y cobrando tu pensión normalmente. Si cumples los requisitos, el INSS deberá reconocer el complemento e incorporar el importe adicional a tu pensión mensual, incluyendo las cantidades retroactivas desde la fecha correspondiente.

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