Si resides en España y tienes cuentas bancarias, inmuebles u otros bienes en el extranjero por un valor superior a 50.000 €, estás obligado a presentar el Modelo 720.
Este modelo fue creado para reforzar el control tributario y combatir el fraude fiscal internacional.
En Avantik te explicamos lo necesario para cumplir con Hacienda sin sustos ni sanciones.
Estás obligado a presentar el Modelo 720 si te encuentras en alguno de estos casos:
Estos son los tres bloques de bienes que debes informar si superan los 50.000 €:
Cuentas abiertas en entidades financieras fuera de España, si el saldo total a 31 de diciembre o el saldo medio del último trimestre supera los 50.000 €.
Acciones, participaciones en fondos de inversión, seguros de vida o invalidez, rentas temporales o vitalicias contratadas con entidades extranjeras.
Propiedades situadas en el extranjero y los derechos reales sobre ellas, siempre que su valor conjunto supere los 50.000 €.
El Modelo 720 se presenta del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente al que se refiere la información. No es necesario presentarlo cada año, solo cuando:
Las sanciones pueden ser muy elevadas. Hacienda no se anda con rodeos:
En casos de ocultación, podrías enfrentarte a una ganancia patrimonial no justificada en tu IRPF, con recargos e intereses.
Tener bienes en el extranjero conlleva obligaciones. Nosotros te ayudamos a cumplirlas de forma sencilla, sin errores y a tiempo.
En Avantik te ofrecemos asesoría fiscal especializada, un enfoque claro y directo, y un acompañamiento personalizado para que presentes el Modelo 720 con total seguridad.
Ponte en contacto con nuestro equipo para recibir una atención personalizada. Estamos aquí para ayudarte a gestionarlo de forma sencilla, eficaz y sin complicaciones.
No somos uno más, somos los profesionales de la gestión económico-financiera y fiscal que te ayudarán en el día a día de tu negocio.
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